En lo que constituye una situación con pocos o nulos antecedentes, el Superior Tribunal de Justicia - STJ de Entre Ríos resolvió devolver las actuaciones recibidas por parte del Juzgado Federal Nº1, que había declarado inconstitucional tres artículos de la recientemente creada Ley Nº 10.329, conocida como Ley de Narcomenudeo o Ley Cresto.
El máximo tribunal de Justicia tomó tal decisión en el marco de un acuerdo general dispuesto por mayoría, y en referencia a la causa sobre infracción a la Ley 23737. Y explica que lo hace “por impropia”.
Así, la Justicia entrerriana rechazó una resolución de la Justicia Federal. Hay que recordar que el juez federal Leandro Ríos declaró el sábado 29 de noviembre la inconstitucionalidad de los artículos 1º, 3º y 4º de la Ley Nº 10.329, conocida como la Ley de Narcomenudeo. La resolución del juez federal fue tomada en el marco de una causa puntual, por la cual fueron detenidas tres personas por el delito de venta de estupefacientes.
El comunicado de prensa del Poder Judicial entrerriano que reproduce Análisis dice: “El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, en Acuerdo General Nº 40/14 celebrado hoy 02 de diciembre de 2014, dio tratamiento a la comunicación efectuada a ese Alto Cuerpo por el señor Juez Federal N° 1 de Paraná, Dr. Leandro Ríos, en el marco de las Actuaciones N° FPA 10.184/2014 caratuladas ‘Pesoa Luis Alfredo – Izza Gustavo Gabriel – Páez Rolando Abdon s/infracción a la Ley 23737’, en la que declaró la inconstitucionalidad de artículos de la Ley 10.329 de la Provincia de Entre Ríos, conocida como Ley de Narcomenudeo. En relación a ello, el Superior Tribunal de Justicia, en el Punto 9º b) del Acuerdo General de referencia, dispuso, por mayoría, remitir en devolución la comunicación al Juzgado Federal N° 1 de Paraná, por considerarla impropia”.
(La Nota digital)
Inédito: el STJ rechazó una resolución de la Justicia Federal
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